En el marco del Día Mundial Sin Tabaco, Luján de Cuyo lanzó un proyecto de ordenanza que determina la adhesión a la Ley Nacional 26.687, destinada a la regulación de publicidad, promoción y consumo de productos que contengan tabaco.
Luján adhirió a la Ley Nacional que regula el consumo de tabaco
La medida fue tomada por el cuerpo de concejales del municipio, luego de debatir en la Comisión de Cultura, Salud, Educación, Familia y Minoridad, con el objetivo de prevenir y asistir a la población ante los daños que produce el tabaquismo.
La ley también estipula:
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La prohibición absoluta a fumar en lugres cerrados de acceso público (bares, locales bailables, restaurantes, entre otros) en forma libre o restringida.
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Las personas no fumadoras tendrán el derecho de exigir al propietario, representante legal, gerente, administrador o responsable del respectivo local o establecimiento, que le solicite al infractor a cesar de su conducta.
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En los lugares en que rija la ley, deberán colocarse carteles que indiquen dicha prohibición. La respectiva frase deberá estar escrita en forma legible y prominente, en letreros de un tamaño no inferior a treinta centímetros colocados en un lugar visible, en letras negras sobre fondo blanco y con las demás características que establezca la reglamentación.
Organismo de control
La autoridad encargada de controlar estas restricciones será la Dirección de Industria y Comercio del municipio.
Sanciones
En el caso de detectar algún tipo de irregularidad se aplicarán importantes multas económicas, además de la clausura de 15 días del local por incumplimiento por primera vez y hasta 30 días en caso de reincidencia.
Lugares que quedan exceptuados de la normativa
La prohibición establecida no rige para los patios, terrazas, balcones y demás aéreas al aire libre de los espacios destinados al acceso de público en forma libre o restringida, paga o gratuita.