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por incumplir la obligación de seguridad

Dura condena al Gobierno por recordado crimen en un asalto

La Cámara de Apelaciones Civil revocó el fallo inicial y ordenó indemnizar a la familia de Claudia Oroná, la maestra asesinada en el barrio Tres Estrellas. Mirá el fallo.
Por Pablo Segura

La Segunda Cámara de Apelaciones en lo civil revocó el fallo inicial del 21º Juzgado Civil y de esta forma condenó al Gobierno provincial, que ahora deberá indemnizar a la familia de Claudia Oroná (35), la maestra asesinada durante un asalto en la puerta de la escuela del barrio Tres Estrellas, en noviembre del 2004.

En la primera sentencia, firmada por la jueza Silvana Márquez Morosini, se había rechazado la demanda por daños y perjuicios iniciada por los padres y hermanas de la víctima fatal.

Ahora, las magistradas María Teresa Carabajal Molina y Silvina Del Carmen Furlotti entendieron que el Estado “incumplió la obligación de seguridad que tenía para con la maestra Oroná”, por lo que ordenó indemnizar a la familia con 775.896 pesos, más los intereses ocasionados.

El crimen de Oroná (foto izquierda) estremeció a la provincia. Ocurrió el 1 de noviembre del 2004, en la puerta del jardín maternal “Estrellitas”, ubicado en calle Moreno sin número del barrio Tres Estrellas de Godoy Cruz.

La víctima fue asaltada por al menos dos sujetos cuando iba a subir a su auto. En ese intento de robo, uno de los individuos le disparó y luego ambos sujetos arrojaron el cuerpo al asfalto. Los ladrones intentaron escapar en el coche, pero como se activó la alarma, terminaron huyendo a pie.

Oroná fue llevada de urgencia al hospital Del Carmen, pero lamentablemente falleció a los pocos minutos de haber ingresado. El crimen causó una fuerte conmoción en la sociedad.

En la causa penal, la Justicia condenó a Javier Ricardo “Pitu” González a la pena de 21 años de cárcel, al encontrarlo coautor del delito de “homicidio en ocasión de robo”. Luego, ese joven fue condenado también por un motín en la cárcel. 

En tanto que Luis Ernesto Rojas Tejada fue sentenciado a pasar 3 años en la cárcel por un “robo agravado por el uso de arma” –fue absuelto por el crimen-. Por su parte, el tercer imputado, Sergio Corvalan, fue absuelto por lo que nunca se supo quién efectuó el disparo que mató a la mujer.

La causa civil

En forma paralela a esta causa, la Justicia civil investigó la demanda iniciada por Hugo Oroná, Florentina Barrera –madre de la víctima, Graciela Rosa Oroná y Patricia Alejandra Oroná –hermanas-.

Y si bien en el primer fallo, la Justicia desestimó la presentación, los abogados apelaron la sentencia en la Cámara.

Fue así que en esta nueva instancia el tribunal formado por María Teresa Carabajal Molina, Silvina Del Carmen Furlotti y Gladys Marsala –esta última no votó por estar de licencia-, dio lugar a la demanda.

Las magistradas entendieron que “el Estado estaba obligado a actuar y no actuó”.

Según quedó plasmado en los fundamentos de la sentencia, “el Estado asume una obligación de seguridad expresa del estatuto docente (ley 4934) o tácita, en virtud de la cual debe adoptar todas las medidas necesarias para tutelar la integridad de las personas que prestan funciones para él o asisten a dichos establecimientos públicos”.

En ese sentido, Furlotti sostuvo que “surgió de los informes policiales, que se patrullaba la zona del jardín maternal, durante el ingreso, egreso y horarios de clase, pero surge claro que el día de la muerte de la señorita Oroná ese servicio no se prestó o se prestó en forma deficiente. Al no haber actuado la Provincia incumplió la obligación de seguridad que tenía para con la maestra Oroná”.

Antes, el Gobierno había intentado desligarse de la responsabilidad asegurando que “no existe norma legal que imponga al Estado la obligación de apostar agentes policiales en cada uno de los establecimientos educativos existentes en el territorio de la provincia”.

Ahora bien, el Estado deberá pagar, dentro de los próximos días, el monto establecido, más los intereses ocasionados desde el día de la demanda a la fecha de esta última sentencia. No obstante, la parte condenada podría apelar este fallo en un tribunal superior.

Mirá el fallo de la Cámara de Apelaciones:

¿Te parece correcto que el Estado deba indemnizar a las víctimas de este tipo de delitos? 

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