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Impuestos

Cambios en Ganancias: ¿Quiénes pagan y quiénes no?

El análisis de Gerardo Di Fabrizio, responsable del área Laboral en Terranova, Griffouliere y Asociados.
Por Sección Economía

El Poder Ejecutivo anunció recientemente modificaciones en el impuesto a las ganancias de cuarta categoría. Las mismas son aplicables desde enero 2016 pero el decreto de Macri fue rechazado por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo.

El decreto 394/2016 y la posterior resolución de AFIP, dejo excluidos a unos 180.000,00 contribuyentes, pero también hay derogo el Decreto 1242/13; dicho decreto estableció que quienes percibirían una remuneración bruta inferior a $15.000,00 mensuales de Enero a Agosto del 2013 quedarían exentos del tributo sin importar cuánto ganaran a posteriori, lo que produjo una situación de disparidad nunca antes vista. Quienes estén en este rango se podrán encontrar, dependiendo de la situación particular de cada uno, dentro del universo de contribuyentes que comenzaron a tributar el impuesto a las ganancias.

Otro punto importante es que las modificaciones son a partir de Enero del 2016, es decir que aquellos que resultaron beneficiados y se les haya practicado una retención superior a la correspondiente debieron recibir la devolución de las diferencias en una cuota en la liquidación de Febrero 2016.

A partir de qué montos se comenzará a tributar el impuesto:

-Casado con dos hijos: $25.000,00

-Soltero (sin cargas de familia): $18.880,00

Para llegar a esa remuneración percibida , en concreto lo que se modificó son las deducciones del art 23 de la ley de impuesto a las ganancias, a saber, mínimo no imponible se elevo a $42.318,00, deducción de cónyuge $39.778,00, por hijo $19.889,00 y deducción especial por un valor de $ 203.126,00. También se modificó el valor de otras cargas de familia que se llevó al mismo valor que la deducción por hijo.

En principio esta medida tuvo como intención corregir la liquidación de un impuesto que durante los últimos años se desvirtuó a tal punto que inclusive había perdido todo principio de equidad. Si bien “este fue un primer paso” el verdadero problema continua sin solución, el cual implica la modificación de la Ley del impuesto a las ganancias de manera tal que se le devuelva progresividad al tributo y se establezcan mecanismos de ajustes automáticos, ya que de otra manera en un contexto inflacionario como el actual es una medida a corto plazo. Dichas tareas quedarían en la agenda del congreso, algo que según trascendidos no se pretendía tratar hasta el 2017; y es aquí donde se complica aún más la situación ya que el miércoles pasado el decreto de Macri fue rechazado por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo a pedido de los 8 representantes del Frente Para la Victoria, el massismo terminó favoreciendo dicha medida con la intención de presionar para que un nuevo proyecto de Ley sobre el impuesto a las ganancias sea tratado en los próximos meses y no retrasarlo hasta el 2017 como pretendía el oficialismo.

De momento hasta tanto el decreto sea rechazado por ambas cámaras del Congreso sigue vigente, llegado el caso que esto suceda habrá que esperar para conocer que mecanismo se implementará para volver a retenerle a los empleados a quienes ya se les hizo la devolución de los meses de Enero y Febrero del 2016.

En medio de esta puja política quienes terminan siendo rehenes de este embrollo como siempre son los empleados e incluso las empresas ya que en algunos casos también se ven perjudicadas.

Por dudas y consultas, los interesados pueden escribir a consultalaboral@tgya.com.ar o entrar en www.tgya.com.ar

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