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En desacuerdo

Simón, sobre los jueces por decreto: “Es legal, pero irresponsable

El fiscal de Estado se animó a opinar sobre la polémica designación. ¿El gobernador de Mendoza tiene las mismas facultades?
Por Leandro Abraham

Las opiniones sobre la polémica decisión del presidente Mauricio Macri de nombrar a dos jueces para la Corte Suprema por decreto, sin el filtro del Senado, son diversas. A favor o en contra, algunas son de carácter netamente técnicos y otras se asemejan más al veredicto político. Sin embargo, las palabras de un alto funcionario del Estado mendocino con gran conocimiento jurídico y con una importante carrera política pueden ser tomadas de las dos formas. Se trata de Fernando Simón, Fiscal de Estado de Mendoza.

La función pública coloca a Simón como Fiscal de Estado (cargo para el cual necesito el acuerdo del Senado, a diferencia de los jueces de Macri), pero es inevitable recordar que antes de acceder a ese cargo fue senador por el Frente para la Victoria y se colocó como uno de los juristas de consulta más prestigiados de ese partido.

Sobre la polémica designación de Carlos Rosatti y Fernando Rosenkrantz, ambos bajo el amparo del artículo 99 inciso 19 de la Constitución Nacional, para completar la Corte Suprema de Justicia sin el acuerdo del Senado, Simón destacó: “Es legal, pero irresponsable”.

“Han encontrado un vericueto constitucional y lo han logrado utilizar bien, porque al mismo tiempo que se designa a los jueces se inicia el proceso para enviar los pliegos al Senado”, agregó el Fiscal de Estado de la provincia, que llegó al cargo luego de que Joaquín De Rosas fuera destituido.

Sobre la constitucionalidad de la decisión de Macri, Simón se explayó: “La Constitución lo prevé. ¿Es legal? Si. ¿Me gusta? No. No puedo discutir la legalidad, pero si la forma. En los últimos dos siglos no se utilizó este mecanismo para designar jueces de la Corte Suprema”.

¿El gobernador de Mendoza puede hacer lo mismo que Macri?

La Suprema Corte de Mendoza está constituida en pleno, por lo que Alfredo Cornejo no deberá, por ahora, pensar en nombres para el máximo tribunal. Además, el mandatario gobernará los 2 primeros años con amplia mayoría en Diputados y Senadores, situación que le permitiría aprobar a funcionarios mediante el sistema de bolillas blancas y negras sin mayores inconvenientes.

No obstante estas aclaraciones, Sitio Andino indagó sobre si Cornejo (u otro gobernador de la provincia en el tiempo que fuere) podría realizar una designación similar a la del presidente Macri, pero en Mendoza. La respuesta, adelantamos, es afirmativa.

“El artículo 128, inciso 21 de la Constitución Provincial prevé un sistema de designaciones por fuera del período de sesiones ordinarias. Sin embargo los plazos son más acotados, por que el Senado tendría 30 días para tratarlo en el inicio de las sesiones ordinarias”, explicó Simón.

“Igualmente, que yo sepa, ningún gobernador de la provincia se animó nunca a utilizar ese artículo, mucho menos para designar a un juez de la Corte”, finalizó el Fiscal de Estado.

Esto dice el artículo al que Simón hace referencia:

ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO: 

Art. 128 - El gobernador es el jefe del Poder Ejecutivo y tiene las siguientes atribuciones y deberes:

Inciso 21 - Provee en el receso de las Cámaras, por medio de nombramientos en comisión que cesarán 30 días después de estar la Legislatura en funciones, las vacantes de empleos que requieren el acuerdo del Senado.

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