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Godoy Cruz: ¿cómo incentivar la inversión privada en emprendimientos culturales?

Un proyecto de la concejal del PD Mercedes LLano permitirá a empresas y vecinos deducir de ciertas tasas y derechos municipales un porcentaje de su contribución a proyectos culturales.
Por Marisa Alarcón

Hace miles y miles de años atrás existió un hombre llamado Cayo Cilnio Mecenas, quien fue un importante impulsor de las artes. Su gran dedicación hizo que en la actualidad el término mecenazgo sea un sinónimo de aquel que fomenta y patrocina las actividades artísticas.

En 1990 Chile sancionó la Ley Valdés, orientada a incentivar la inversión privada en actividades culturales y artísticas, norma mediante la cual el vecino país logró atraer US$ 15 millones. Mientras que en 1991 en Brasil se aprobó la Ley Rouanet, que permitió un fuerte desarrollo de la industria cultural.

Teniendo en cuenta las experiencias de esas regiones, la concejal demócrata de Godoy Cruz Mercedes Llano, presentó un proyecto de ordenanza con el objetivo de incentivar la inversión privada, ya sea de empresas o ciudadanos, en el desarrollo de emprendimientos culturales. También días atrás el concejal justicialista Pablo Carricondo presentó una idea similar.

La iniciativa de la concejal Llano, en caso de ser aprobada, permitirá a las empresas y vecinos del departamento deducir  de ciertas tasas y derechos municipales un porcentaje de su contribución a los proyectos culturales con los que decidan colaborar. Dichos proyectos a financiar serán previamente seleccionados por una comisión integrada por miembros del legislativo y Ejecutivo municipal y, mayoritariamente, por referentes de diversas disciplinas.

Mercedes Llano.
“La ordenanza procura abarcar las diversas disciplinas, incluyendo desde teatro hasta danza, música, artes visuales, audiovisuales y plásticas, letras, poesía, artesanías, radio, circo, murgas y otras”, señaló Llano.

En tanto, la autoridad de aplicación será la Dirección de Cultura y el Concejo Deliberante estará a cargo de las rendiciones de cuentas presentadas por los beneficiarios de la ordenanza.

De este modo aquellos ciudadanos que deseen contribuir podrán hacerlo a través de dos figuras; la de benefactor o la de patrocinador.  

Por un lado, los benefactores podrán deducir el 70% del importe que destinen a la realización de las actividades culturales. En cambio en el caso de los patrocinadores pueden deducir de sus tasas o derechos el 40% de la suma total aportada.

“Con esto buscamos colaborar con el desarrollo de la cultura en nuestro departamento y brindar un espacio a aquellos artistas que buscan una oportunidad”, señaló la concejal.

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