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Indemnizan a nacidos en el exilio en la última dictadura argentina
El máximo tribunal indicó en su fallo que, habiéndose reconocido el resarcimiento a quienes debieron partir al exilio durante la dictadura, no había justificativo para desconocer el derecho de los hijos de esos exiliados.
Tras ser liberados, partieron para Bolivia, radicándose finalmente en Venezuela, donde nacieron sus dos hijas y fueron reconocidos como refugiados por parte de la ACNUR, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados.
La mujer integraba el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) y tenía un pedido de captura en su contra.
La CSJ indicó que las circunstancias que llevaron al nacimiento de las dos hijas y su permanencia en el extranjero eran "equiparables a las tenidas como indemnizables" para sus padres.
"La permanencia en el país extraño no fue una decisión voluntaria de ninguno de los hijos de los exiliados, como tampoco lo fue la de sus padres, por lo que el lugar de nacimiento carecía de trascendencia para el reconocimiento del derecho que reclamaban", sostuvo el máximo tribunal. (DPA)