6 de agosto de 2026
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Lo informó el Presidente

Ecuador: veto parcial a la ley de Comunicación

En Twitter, el presidente de Ecuador informó que había vetado de forma parcial la Ley de Comunicación por la persecución a quienes piensan distinto.

El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, informó que firmó el veto parcial a la Ley de Comunicación al argumentar que no será partícipe "de la persecución a quienes piensan distinto" y anunció que enviará su objeción a la Asamblea Nacional (Parlamento).

"Hoy (por este miércoles) firmé el veto parcial a la ley de Comunicación, que se fortaleció con el aporte de periodistas, organizaciones y sociedad civil. Nunca seré partícipe de la persecución a quienes piensen distinto y siempre defenderé una comunicación libre y responsable", tuiteó Lasso.

"Esto representa un compromiso con el futuro del país, dejando atrás todas aquellas prácticas que perjudicaron, dividieron y polarizaron a los ecuatorianos", agregó.

El veto parcial implica que se deja abierta la posibilidad al Parlamento unicameral de mayoría opositora de insistir en la aprobación del texto original dentro de los próximos 30 días, informó el medio local El Comercio.

A finales de julio pasado, el órgano legislativo había aprobado un proyecto de reformas a la ley de Comunicación impulsado por los bloques opositores, tras rechazar otro presentado por el Gobierno.

La iniciativa aprobada por la oposición buscaba restituir un organismo destinado a regular la actividad de los medios, que fue eliminada por Lasso tras asumir el poder en mayo de 2021.

La creación de este organismo es uno de los puntos principales que integró la ley de medios sancionada en 2013 por el Gobierno de Rafael Correa y que se encuentra vigente en el país.

Tanto los dueños de medios de comunicación, como organizaciones de periodistas, rechazan la ley porque la consideran una amenaza a la libertad de expresión.

Para la Asamblea Nacional, este ente "permite que las personas cuyos derechos se vean afectados por los medios de comunicación cuenten con mecanismos de defensa expeditos, garantizando que los derechos al honor y buen nombre positivados en la Constitución y en los principales instrumentos de derechos humanos puedan ser tutelados por el Estado”.

Fuente: Télam

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