1 de mayo de 2026
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seguridad privada

El Gobierno de Mendoza autorizó a los vigiladores privados a usar pistolas Taser

Se oficializó la medida por la cual los vigiladores privados podrán utilizar armas disuasivas como bastones, gas pimienta y dispositivos electrónicos de inmovilización, para los cuales se establecen criterios de uso.

A través del decreto 264 se reglamentó la Ley 9578, sancionada por la Legislatura Mendoza, que viene a regular el sector y autoriza el uso de armas de "baja letalidad".

Además, podrán utilizar armas disuasivas como bastones, gas pimienta y dispositivos electrónicos de inmovilización, para los cuales se establecen criterios de uso.

En este sentido, se prevé la creación del Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada Humana, Interna y Tecnológica, que reemplazará a la Dirección REPRIV por la Dirección de Seguridad Privada (DI.SE.P.).

Entre otros de los puntos, se establece que se deberá capacitar de manera obligatoria al personal de estas agencias de seguridad. Y se les exigirá "formación técnica, legal y operativa"que deberá ser impartida por instituciones habilitadas.

¿Podrán utilizar armas de fuego?

De acuerdo al decreto 264 firmado por el gobernador Alfredo Cornejo y la ministra de Seguridad Mercedes Rus, solo se podrán utilizar armas de fuego en empresas habilitadas "bajo estrictos requisitos" establecidos por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).

Por supuesto, se deberá capacitar al personal y el almacenamiento seguro del armamento.

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