La apertura de las inscripciones para el Fondo Compensador Agrícola (FCA) correspondiente a la temporada 2026/2027 generó preocupación en el sector productivo de Mendoza, especialmente en el Sur, producto de una cláusula que dejaría por fuera de la cobertura contra granizo y heladas a quienes hubieran sido indemnizados en tres o más oportunidades durante las últimas cinco temporadas.
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Sufrir granizo no significa ser improductivo: buscan modificar una regla del Fondo Compensador Agrícola
Productores del Sur de Mendoza cuestionan una condición para acceder al Fondo Compensador. Un proyecto busca modificarla: qué propone.
La Cámara de Comercio de General Alvear y el Clúster de Ciruela Industria de Mendoza manifestaron su malestar por las limitaciones establecidas por el Ministerio de Producción y la baja de la lucha antigranizo.
"El mal tiempo no es improductividad"
Frente a este escenario, el diputado provincial Carlos Ponce (autor de un proyecto de ley junto a Jorge Zingaretti) busca reformar el artículo 28, inciso C, de la Ley 9083 de Emergencia Agropecuaria para prohibir explícitamente que la recurrencia climática sea utilizada como causal de baja de los beneficios.
En diálogo con Sitio Andino, Ponce explicó que la medida oficial está atravesada por una incoherencia técnica: "Que a un productor le caiga granizo o le hiele tres años seguidos demuestra que está expuesto a un riesgo climático recurrente, no que su finca sea improductiva o estructuralmente inviable".
De esta manera, el legislador sostuvo que sufrir tormentas o heladas de manera consecutiva demuestra una exposición a un riesgo meteorológico recurrente, pero de ninguna manera significa que la finca haya perdido su capacidad de producir.
Qué originó el problema
La Ley 9.083 de Emergencia Agropecuaria, aprobada por la Legislatura de Mendoza, establecía que un productor solo perdería los beneficios si su finca caía en una "emergencia permanente", pero no fijaba plazos ni números abstractos. Sin embargo, explicó Ponce, en 2018 el Poder Ejecutivo firmó el Decreto 1.658 y definió por su cuenta que sufrir tres contingencias en cinco años es equivalente a una situación "permanente".
Para el proyecto de Ponce, este decreto se extralimitó: ningún reglamento puede inventar castigos ni quitar derechos que la ley original no contemplaba.
Apoyo sobre la legislación nacional
El proyecto contrapone la medida provincial con la Ley Nacional de Emergencia (Decreto 1.712/09). A nivel nacional, un campo solo se considera en emergencia "permanente" cuando la tierra o la planta sufren un daño tan severo que no se pueden recuperar con el trabajo agrícola habitual.
La iniciativa presentada por el diputado busca modificar el artículo 28 de la ley 9.083 para dejar en claro que la "permanencia" debe responder a un daño grave e irreversible en la finca, y prohibir que la simple repetición de granizo o heladas se use como excusa para dar de baja a los productores.
Con las inscripciones al Fondo Compensador abiertas hasta el 20 de septiembre, la discusión cobra urgencia en la Legislatura para evitar que cientos de fincas del Sur y del Este queden sin cobertura.