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Comercio

Controles en los comercios y sanciones para los que no respetaron el día de sus empleados en Mendoza

Fernando Ligorria, titular del CEC, contó cómo fue el operativo y explicó qué ocurre si un comercio abre o un empleado trabaja durante esa jornada.

Por Aconcagua Radio

Ayer se conmemoró el Día del Empleado de Comercio y, como ocurre cada año en Mendoza, la actividad comercial debía permanecer cerrada para garantizar que los trabajadores del sector pudieran disfrutar de la jornada.

En este marco, el Centro de Empleados de Comercio (CEC) realizó controles junto con inspectores de la Subsecretaría de Trabajo. Según explicó su titular, Fernando Ligorria, durante el operativo aplicaron dos infracciones, una en Ciudad y otra en Guaymallén.

“Todos los años hacemos inspecciones y todos los años encontramos negocios abiertos. Aquellos que están abiertos por sus dueños no tienen problema”, explicó Ligorria en diálogo con Aconcagua Radio.

Hubo dos actas de infracción durante los controles.

Asimismo, el dirigente señaló que el acuerdo para que no haya actividad comercial durante esta jornada rige desde hace años y fue homologado por la Subsecretaría de Trabajo, lo que le otorga fuerza legal.

Qué pasa si un empleado trabaja ese día

En líneas generales, los empleados de comercio tienen el derecho de no trabajar en su día y debería ser garantizado por los empleadores, aunque existen excepciones.

“El trabajador no está obligado a asistir”, sostuvo Ligorria. Sin embargo, explicó que existe la posibilidad de que un empleado manifieste su voluntad de trabajar, aunque debe dejar expresamente asentado que lo hace por decisión propia. En caso de que así sea, el pago debe ser doble.

“Cuando llega el inspector tiene que decir: ‘Lo hago por voluntad’”, señaló Ligorria, aunque también advirtió que esta situación puede ser difícil de determinar en la práctica por la relación entre el trabajador y su empleador.

Cómo son las multas para los empleadores

Las infracciones detectadas durante el operativo se convierten posteriormente en multas. El empleador tiene cinco días para presentar un descargo y, según explicó el referente, la sanción se calcula en función de la cantidad de trabajadores que se encuentren físicamente desempeñando tareas en el establecimiento.

El operativo se realizó en distintos puntos de Mendoza.

El titular del CEC también se refirió al comercio ubicado en la esquina de Las Heras y 9 de Julio, donde cuestionó que empleados sean destinados a cumplir tareas de vigilancia además de sus funciones habituales. Según explicó, son trabajadores “multifunción” que realizan tareas que deberían estar a cargo de personal de vigilancia, una figura contemplada en el Convenio Colectivo de Trabajo del sector.

También cuestionó las condiciones en las que algunos empleados realizan estas tareas y las calificó como “denigrantes”. En ese sentido, señaló que, aunque se realizan controles y se labran actas de infracción, algunas empresas vuelven a repetir estas prácticas, por lo que es necesario mantener los controles.

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