Un accidente vial puede generar dudas y preocupación, especialmente cuando hay lesiones o daños materiales. Ante un siniestro, conocer qué hacer desde el primer momento y qué documentación reunir puede ser clave para realizar correctamente el reclamo ante la aseguradora.
Atención si sufrís un accidente vial: el error que puede complicar tu reclamo al seguro
Ante un siniestro, saber cómo actuar puede ser clave para proteger tus derechos. Un asesor de seguros explicó en Aconcagua Radio qué datos reunir y cómo reclamar.
En su columna de Aconcagua Radio, el productor asesor de seguros Edgardo Juchniuk explicó cuáles son las primeras medidas que deben tomar las personas involucradas en un siniestro.
¿Qué es lo primero que hay que hacer si te atropella un vehículo?
Edgardo Juchniuk (EJ): Lo primero que hay que hacer es verificar que todos estén bien, que no tengan lesiones y demás. Si los tienen, se debe llamar rápidamente al 911 y después ver el resto, porque lo más importante es cuidarse.
Luego toca hacer la denuncia en la aseguradora y para eso se necesitan los datos, también, de la otra persona con la cual has tenido el siniestro. Entonces es conveniente, hoy que tenemos la posibilidad de tener una cámara fotográfica en nuestro smartphone, sacarle fotos al documento, a la licencia de conducir, al vehículo y que se vea la patente, y a la licencia del seguro. Asimismo, es importante tener el número del celular de la otra persona.
¿Hay que llamar a la compañía de seguros o hacer la denuncia policial?
EJ: En lo posible hay que hacer la denuncia policial en todos los casos. Hoy se puede hacer online, no es tan complejo, pero hay que hacerla.
Si el siniestro es pequeño o no tiene una importancia relativa, muchas aseguradoras no te van a pedir la denuncia, pero yo no estoy a favor de esa situación por dos razones. Una, que después los relatos se pueden cambiar y la aseguradora donde vos vas a hacer el reclamo de terceros dice: “No, nuestro asegurado dice que no es el culpable, que es usted”. Y bueno, ahí lo tendrás que dirimir en la justicia. Pero mientras tanto no te pagan.
Segundo tema, para algo está la ley. Si vos estás cometiendo una infracción, tenés que ser sancionado, porque de otra manera, ¿cómo vas a aprender? Entonces, yendo a la policía ese tema se termina.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar los daños?
EJ: El asegurado tiene un año para poder reclamar los daños según la Ley de Seguros. Según la Ley de Defensa del Consumidor son tres años. En lo particular, yo iría siempre por la primera porque es una normativa específica que precede a la segunda.
Y como tercero reclamante, tengo hasta tres años para poder reclamar ante la aseguradora de la persona que me produjo el daño. Pero siempre hay que tener en cuenta hacerlo lo más rápidamente posible.
¿Qué puede demorar una indemnización?
EJ: Hay situaciones en las cuales se puede demorar la indemnización. Por ejemplo, si no está transferido el vehículo, no soy el titular registral.
Si hay alguna duda en cuanto a la mecánica del siniestro, si ha habido falta grave o no, también. De todas maneras, la aseguradora tiene 30 días para rechazar el siniestro en el caso de estas exclusiones.
¿Qué pasa si la aseguradora no responde dentro de esos 30 días?
EJ: Si no te responde la aseguradora a los 30 días, con tu denuncia administrativa sellada, automáticamente el siniestro queda aceptado.
Si no te contestaron, queda aceptado.
¿Esto también se aplica cuando reclamamos a la aseguradora del tercero?
EJ: No, en este caso no. Eso de los 30 días queda para mi contrato y mi aseguradora. No con la aseguradora del tercero, el reclamo de terceros que estoy haciendo.
Cuando se trata de un reclamo de terceros, no tengo esa relación contractual. Entonces, tranquilamente, la aseguradora a la cual vos estás reclamando puede decirte: “Mire, para nosotros la culpabilidad es suya y no de mi asegurado”. Y bueno, en ese caso lo que te queda es ir a la instancia judicial. Esa respuesta de la aseguradora te tiene que llegar por escrito.
Escuchá la columna de Edgardo Juchniuk en Aconcagua Radio:
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