La Corte Suprema declaró constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Luego de cuatro años de espera por una medida cautelar interpuesta por el Grupo Clarín, el máximo tribunal decidió en favor de la normativa democrática.
Finalmente, la Corte Suprema de Justicia declaró la constitucionalidad de los cuatro artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que habían sido blanco de una presentación judicial del Grupo Clarín. El 45 y el 48, vinculados con las licencias, y el 41 y el 161, sobre el plazo de desinversión.
De este modo coincidió con el criterio del juez de primera instancia Horacio Alfonso, que se había pronunciado a favor de la validez de la norma. Y revisó el fallo de la Cámara Federal Civil y Comercial que se había expedido en contra de la constitucionalidad de dos de los artículos citados.
La decisión "en general" fue adoptada con el voto positivo de seis de los siete miembros. El único ministro que no acompañó la decisión mayoritaria fue Carlos Fayt, aunque aún no trascendió cuál fue su postura. Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi, Carlos Maqueda, Carmen Argibay y Elena Highton de Nolasco votaron a favor de la validez de la ley. Dos de ellos habrían señalado algunas disidencias parciales.
Los detalles de la sentencia se conocerán este mediodía, explicaron fuentes del alto tribunal. Hay expectativa por conocer los argumentos adoptados por los jueces y cómo será la aplicación de la norma.
El pasado 10 de octubre se cumplieron 4 años de aquel sábado de 2009, cuando a las 2:30 de la mañana y tras 15 horas de sesión, el Senado sancionó la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
El 28 y 29 de agosto la Corte convocó a las partes a dos audiencias en las que expusieron sus argumentos. Tras ese evento, se especuló en todos los ámbitos en qué momento se iba a dar a conocer la decisión, si antes o después de las elecciones.