14 de noviembre de 2025
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Debate

Ganancias en tela de juicio: ¿deberían pagar los magistrados?

Una intensa pulseada iniciada por el Gobierno que tiene sus impulsores y detractores.

Por Sección Política
A fines de 2012, la presidenta Cristina Fernández disparó contra "los magníficos sueldos que tienen los jueces y sus jubilaciones de privilegio... además no pagan Ganancias". Acto seguido, el jefe del bloque kirchnerista en la Cámara de Diputados, Agustín Rossi, se encargó de pasar en limpio los dichos de la primera mandataria, y agregó: "Que los jueces paguen Ganancias pareciese ser una situación de estricta justicia".

Según el presidente del Instituto Tributario, César Litvin, en 2013 el Estado dejará de recaudar 1144 millones en concepto de exenciones de Ganancias para magistrados y funcionarios del Poder Judicial. Se obtendrá con este impuesto 161.579 millones, y la recaudación total será de 822.073 millones de pesos.

A partir de aquí surge el debate. ¿Por qué el Poder Judicial no paga Ganancias? ¿Deberían hacerlo? "Es sintomático. Cada vez que hay algo que enerva al Poder Ejecutivo con respecto al Judicial, el Ejecutivo usa el tema Ganancias como medio de presión", dice un juez de la Cámara del Crimen.

En general, hay consenso en que no es disparatado que el Poder Judicial pague Ganancias, pero sin que lleve a una rebaja en su sueldo. "Aplicar impuestos sin aumentar el salario bruto implica una reducción, por ejemplo, del 30 por ciento del promedio del salario de un juez de Primera Instancia", dice Juan Carlos Cerutti, socio del Estudio Cerutti-Darago & Asociados.

Otra opción es seguir el ejemplo de los Estados Unidos. "El precedente de la Constitución argentina es la americana, que en el artículo 3, sección 1, tiene por objeto proteger a los magistrados de las presiones por medio de sus remuneraciones", explica César Litvin. Pero en un fallo de "O' Malley vs. Woodrought" (1939), se reglamentó que los nuevos jueces paguen impuestos. Hoy, entonces, todos los hacen.

El artículo 110 de la Constitución Nacional dice: "Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones".

Pero, además, ningún funcionario del Poder Judicial paga Ganancias. Es una de las victorias del gremio presidido por Julio Piumato, la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación. Según la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales del Indec, actualmente hay unos 20.000 trabajadores en el ámbito judicial federal, que tienen un costo promedio de 18.451 pesos cada uno. Esta cifra no contempla a los trabajadores de la justicia provincial.
Cuánto gana un juez

"La Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el artículo 7 de la ley 23.853, fija los sueldos de los jueces", explica el doctor Marcelo de Jesús, presidente de Comité Ejecutivo de Foro de Estudios de la Administración de Justicia (Fores).

Según Víctor Beker, director del Centro de Estudios de la Nueva Economía de la Universidad de Belgrano, en el Poder Judicial los salarios varían desde unos $ 36.000 para un juez de primera instancia hasta unos $ 60.000 para los integrantes de la Corte Suprema. Comparadas estas cifras con la compensación en el sector privado, se puede ver que, según números de PwC Argentina, un director de una empresa gana, neto, $ 69.071; un gerente, $ 37.142; los jefes, $ 17.832, y $ 12.838, los supervisores. Un sueldo de $ 25.000 en bruto paga de Ganancias, si es un trabajador soltero, sin hijos, $ 8455 por año, y si está casado con hijos, 7615 pesos.

Pero los magistrados no son los únicos funcionarios con muy buenos sueldos. Los empleados públicos en el nivel nacional ganan el 65,79% más que el promedio de quienes trabajan en la actividad privada, y quienes están en los organismos descentralizados llegan al 152% más.

De Jesús recuerda que los jueces no siempre ganaron bien. "En 1975 hicieron su primera huelga por los malos salarios que tenían, y en la década del 80 iniciaron juicios contra el Estado masivamente porque su remuneración bajaba por la inflación. Actualmente, sus sueldos son buenos, pero hay que tener en cuenta que tienen prohibida cualquier actividad política o comercial por ser un trabajo full time."
Los otros poderes también

El abogado laboralista Gustavo Gallo recuerda de dónde viene la exención de pagar Ganancias. "El argumento es que su retribución debe ser intangible y que los otros dos poderes no puedan establecerle ninguna merma. Como el impuesto a las Ganancias es normalmente regulado por el Poder Legislativo, aplicarlo al Judicial implicaría violar este principio."

Según Luis Herrero, juez de la Cámara de la Seguridad Social, "la protección de la ley tiende a resguardar la independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. Esto no es considerado por la doctrina constitucional como un privilegio de los jueces, sino una "garantía" de la sociedad de una recta administración de justicia.

"Hoy asistimos a distintos tipos de presiones sobre el Poder Judicial. Vemos que hay jueces subrogantes [que pueden ser removidos], que no se cubren las vacantes y que se intenta aplicar impuestos sin aumentar el salario", dice Cerutti. "Entiendo que si bien debe darse una discusión sobre la aplicación del impuesto, también se debe hacer sobre todos los poderes del Estado, aplicando las mismas fórmulas que tienen los privados en cuanto al pago de impuestos", concluye .

"Respecto al pago de Ganancias, la historia es complicada", dice Beker. "La ley 24.631 de 1996 derogó la excepción que existía en favor de los jueces. Es decir que legalmente no están exentos. Pero la Corte Suprema, de inmediato, dicto la Acordada 20/96 que declaró inaplicable dicha norma. Para ello se fundó en un fallo de la Corte Suprema de 1936 que interpretó que las compensaciones de los jueces no son susceptibles de ser disminuidas."

El Poder Legislativo también tiene exenciones quizá no tan claras. "El Poder Judicial gana lo que figura en el recibo", dice Gallo. "No se puede decir lo mismo del Poder Legislativo, que suma gastos de representación y obtiene entonces salarios más altos que los de los jueces."

Se suma a esta idea el doctor Juan Carlos Cerutti, "en el caso de los distintos poderes del Estado nacional, incluido el Ejecutivo, Legislativo o provincial, se han interpretado que algunos conceptos no son remunerativos o no son abarcados por el impuesto a las ganancias, lo opuesto de lo que sucede con los empleados de las empresas privadas o autónomos".
Con el 82 por ciento móvil vigente

Mientras que una alta fuente gubernamental aseguró a LA NACION, después de pedir absoluta reserva, que "el 82% móvil jamás va a salir porque las arcas del Estado no lo pueden pagar", el haber jubilatorio de los judiciales es del 82 por ciento móvil del cargo en actividad.

Explica el doctor Luis Herrero, integrante de la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social. "Los jueces, cuando se jubilan, perciben el 82% de la remuneración por el cargo que ocupaban al momento de la cesación definitiva del servicio. Deben acreditar 60 años de edad, 30 años de servicios, 20 con aportes como mínimo, 20 años discontinuos en el Poder Judicial o 15 años continuos."

En cuanto a los aportes, "los jueces en actividad pagan un punto porcentual más que los trabajadores en relación de dependencia [12%] y sobre el total de su remuneración, es decir, sin topes".

Para Herrero, el sistema jubilatorio de los jueces y miembros del ministerio público no es un privilegio, sino un régimen especial. "Es impropio desde el punto de vista constitucional considerar privilegiado a un régimen que reconoce la garantía de movilidad jubilatoria que consagra el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

"En todo caso, habría que incluir en el goce de esta garantía al 78% de los jubilados argentinos que, al percibir la jubilación mínima, están excluidos de ella, a la luz de la doctrina de la Corte Suprema que exige una razonable proporcionalidad entre el haber de pasividad con el de actividad."
Puestos codiciados, complicados y difíciles

Llegar a juez no es tarea fácil, y más en estos días en los que hay vacantes que no se cubren. El doctor Marcelo de Jesús, presidente de Comité Ejecutivo de Fores, da un panorama de los pasos por seguir para llegar a este puesto. "Primero, hay que ser abogado con ocho años de ejercicio de la profesión, o de trabajo en el Poder Judicial. Después, el Consejo de la Magistratura hace un proceso de preselección.

El Consejo de la Magistratura fue creado en 1994 con la idea de despolitizar la selección de jueces. "Se establece que quienes tienen que integrarlo serán representantes de los abogados, de la Justicia, del Congreso, del Poder Ejecutivo, del ámbito académico. En su momento, eran 20 quienes lo integraban, ahora son 13. La Presidenta ordenó modificar la composición del Consejo dando mayor relevancia a los órganos políticos."

Según el profesional, hasta el año 1994 era el presidente de la nación quien elegía al candidato para ser juez. "Siempre se pensó que ésta era una cuestión muy política porque se podía nombrar a gente afín al gobierno de turno. Así, se creó el Consejo para que pudiera hacerles un exámen técnico a los candidatos."

El Consejo toma pruebas escritas, orales, hace entrevistas y le manda al PE tres candidatos sugeridos. "El gran problema es que hay un 25% de vacantes en la actualidad."

No hay en la Argentina una carrera judicial, algo que sí existe en Europa. "Aquí debería existir una escuela judicial, donde cualquier aspirante pudiera tomar cursos. En los países anglosajones, suele nombrarse a abogados de presitigio y muy reconocidos."

Como conclusión, para César Litvin, presidente del Instituto Tributario, "los jueces son los garantes de los derechos de los habitantes y de la división de poderes de un Estado republicano. Se requieren jueces probos y para eso es esencial asegurar la estabilidad en el cargo y una remuneración adecuada, resguardándolos de cualquier manipulación política o de presión".

Fuente: La Nación

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