Qué dice el acuerdo tarifario hasta el 2022

Tras la suba, Ecogas no puede repartir ganancias y tampoco se obliga a invertir

Por Miguel Ángel Flores

Que la tarifa de gas vuelve a aumentar después de 2 años es un hecho. Pero detrás de los nuevos cuadros aprobados por el Enargas con subas de hasta el 24% para el servicio en Mendoza hay una negociación que terminó con una serie de condiciones recíprocas: así como los accionistas de Distribuidora de Gas Cuyana (Ecogas) no podrán distribuírse dividendos al menos durante 2021, la concesionaria tampoco está obligada a invertir.

Es parte de lo más relevante que acordaron las partes como parte de las tarifas de transición, de cara a la RTI (Revisión Tarifaria Integral). Se trata de la modificación de los valores que viene postergada y que se fija un plazo de hasta 24 meses para realizarse a partir de la firma de este último acuerdo.

Pero el Estado asume la responsabilidad de volver a actualizar tarifas antes de abril del 2022. Es que según lo pactado, "si a la fecha prevista para el recálculo (1 de abril del año próximo) no hubieran entrado en vigencia las tarifas de distribución y por tanto no estén vigentes las revisiones resultantes del Acuerdo Definitivo de Renegociación la licenciataria podrá denunciar el acuerdo sin efecto retroactivo".

Sin obligación de invertir

El ajuste provisorio autorizado por el Gobierno nacional contempla un alza del 14% en el cargo fijo y de hasta 24% en el variable para usuarios residenciales y también de GNC, mientras que para los Grandes Usuarios llega al 90%, tal como está estipulado. Pero además, en el convenio de 11 páginas firmado por Rubén Vázquez, director general de Cuyana, y Federico Bernal, interventor del Enargas, se deja en claro las obligaciones recíprocas.

"Durante el presente Acuerdo Transitorio de Renegociación no se contempla un plan de inversiones obligatorias a ejecutar por la licenciataria (Distribuidora de Gas Cuyana/Ecogas). Asimismo, deberá continuar con la prestación del servicio conforme a su respectiva licencia y el marco regulatorio", estipula la cláusula 2, además de citar al decreto 1020/20.

Asimismo, al menos durante lo que resta del año, el directorio está impedido de hacer movimientos financieros de ningún tipo. Sobre todo lo que involucre el reparto de ganancias entre los accionistas, aunque no es el único ítem.

Cepo a las ganancias y al movimiento accionario

"La licenciataria no podrá, en ningún caso, distribuír dividendos, ni cancelar en forma anticipada deudas financieras o comerciales contraídas con los accionistas, ni tampoco adquirir otras empresas y otorgar créditos, salvo que beneficien a los usuarios", dice en otro apartado. Aunque deja abierta la puerta a que Cuyana pueda avanzar en contrario, siempre que "demuestre documentadamente los fundamentos" de su pretensión. 

Esa parte puede retardar los planes de los accionistas (Central Puerto S.A y el Gobierno nacional a través de Anses) de incrementar su participación, habida cuenta de que los ex empleados de la era estatal (Gas del Estado antes de ser privatizada) como socios Clase C, ya estaban en condiciones de negociar su parte si así lo decidían. En ese sentido, desde su casa matriz en Córdoba, la firma confirmó que la restricción está firme, y que la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, donde opera, como consecuencia de ello la recategorizó.

Según indicó Natalia Rivero, responsable de Relaciones con el Mercado de Cuyana, la BCBA "resolvió individualizar a la Sociedad con el código 3 (que según el reglamento bursátil aplica a emisoras de acciones que haya contraído obligaciones o celebrado convenios, por disposiciones legales que restringen su alcance en el mercado), en virtud de lo cual se encuentra vigente la restricción de distribuír diviendos".



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