Alerta sanitaria: ya rige en Mendoza la prohibición de circular a partir de las 23.30
La decisión que el gobernador Rodolfo Suarez tomó ayer junto con los 18 intendentes de adelantar una hora el alerta sanitaria quedó vigente desde este martes con la publicación del decreto en el Boletín Oficial. Así ningún mendocino que no realice trabajos esenciales podrá circular desde antes de la medianoche hasta las 5.30, de lo contrario podrá ser multado o arrestado.
De este modo, no se podrá circular por la vía pública dentro de la franja horaria entre las 23.30 y las 5.30, a excepción de personal esencial o las personas que deban atender una situación de emergencia debidamente justificada, las compras en farmacias y el expendio/carga de combustibles.
Así lo establece el Decreto Nº 342/2021, con la firma del gobernador y los ministros de Gobierno, Víctor ibañez, de Seguridad, Raúl Levrino; de Hacienda, Lisandro Nieri; de Economía, Enrique Vaquié; de Infraestructura, Mario Isgró; de Salud, Ana María Nadal; y de Turismo, Mariana Juri.
Quien no pudiese fundamentar su tránsito en el horario restringido podrá ser imputado por infringir el artículo 205 del Código Penal, que prevé penas de seis meses a dos años de prisión a quien "violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".
La norma argumenta que "la restricción ha significado una marcada reducción de la circulación de personas en el ámbito provincial, lo que no solo ha impactado positivamente en relación a la pandemia por Covid-19, sino también en otros ámbitos como los accidentes viales, lo que ha permitido, a su vez, disminuir la demanda sobre el sistema sanitario".
Además, sostiene que "todas las medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia, en tanto persiguen asegurar la salud de la población, están sujetas en su vigencia a la situación epidemiológica de la Provincia" y que "resulta necesario procurar un razonable equilibrio entre las diversas actividades económicas, la situación epidemiológica y la capacidad de respuesta del sistema de salud".
Que atento lo expuesto y a la luz de los resultados obtenidos, resulta procedente ampliar la límitación a la circulación en horario nocturno, de modo de disminuir el flujo de personas en esa franja horaria.
Esta medida fue anunciada ayer luego de la reunión que Suarez mantuvo con los 18 jefes comunales para analizar más restricciones debido a la escalada de casos de Covid-19, que se mantiene en niveles alarmantes, que ponen en riesgo el sistema sanitario por la alta ocupación de camas y la demanda de éstas en las terapias intensivas tanto del sector público como privado.
Los datos oficiales publicados por cada día de abril muestran la gravedad de la situación : en este mes se superó la cantidad de casos registrados en enero, febrero y marzo juntos. Mientras que en enero se registraron 3.464, en febrero 3.237, en marzo se incrementaron a 5.419, y -con los datos obtenidos hasta ayer- en este mes se alcanzaron los 18.585 casos, superando en apenas 26 días.
La letalidad de la segunda ola es alarmante. Volviendo a hacer el análisis de los primeros meses de este año, tenemos que en enero fallecieron 115 personas, en febrero 85, en marzo 71 y en lo que va de abril 234. Es decir que en menos de un mes se produjeron casi la misma cantidad de decesos que en enero, febrero y marzo juntos, que sumaron 271 víctimas fatales.
Entonces, quienes podrán transitar en la vía pública entre las 23.30 y las 5.30 son:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas en situación de violencia de género.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal de Farmacias.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas.
Emergencias veterinarias.
La medida de incrementar una hora la restricción de circulación, se suma al escalonamiento horario anunciado días atrás y a las siguientes:
Permanecen las clases presenciales en todos los niveles, respetando el sistema de "burbujas".
Se permiten reuniones sociales de hasta 10 personas en espacios cerrados y 20 en espacios abiertos.
Se suspenden los eventos masivos.
Se suspenden los viajes de egresados.
Restaurantes continúan con los protocolos vigentes, respetando el límite de seis personas por mesa y con un aforo autorizado.
Se mantiene habilitada la práctica y competencia de actividades deportivas.
Se suspende la presencia de público en los deportes federados y amateur, tanto en espacios cerrado como al aire libre.
Cines, casinos, teatros, salas culturales y ceremonias religiosas continúan habilitados con los mismos protocolos y al 75% de su capacidad.