Coronavirus COVID-19

El Club de Pescadores San Rafael presentó el protocolo para volver a la Pesca y Náutica

Por Mario Guerrero

La comisión directiva del Club de Pescadores San Rafael, presentó una nota al Director de Recursos Naturales, Sebastián Melchor solicitando protocolo de por medio se autorice la pesca y náutica en la provincia de Mendoza.

Recordemos que la actividad fue suspendida a raíz de la pandemia por el coronavirus COVID-19.

Nota textual "Por una pesca que cuide a la población"

Señores

Dirección de Recursos Naturales Renovables

Secretaría de ambiente y Ordenamiento Territorial

Provincia de Mendoza

De nuestra consideración

Sabiendo que nos encontramos en el marco de la emergencia sanitaria que transitamos y que es de público conocimiento y entendiendo que son las actividades al aire libre las que colaborar y contribuyen a una estabilidad emocional, las cuales deberían ser realizadas en el marco de un estricto protocolo de la actividad, razón por la cual, atento las recientes flexibilizaciones de las diversas recreativas, deportivas, comerciales, industriales y laborales en la provincia de Mendoza, es que proponemos y se promueva y reglamente a nivel provincial, la pesca deportiva sujeta a restricciones y protocolo, las que deberán ser monitoreadas por la autoridad de aplicación, a los fines de avanzar o retrotraer la misma.

Bien es sabido que las actividades de los pescadores deportivos, se desarrolla en ambientes alejados de las urbes, debiendo mantenerse sus condiciones naturales de salubridad y sanidad ambiental. Del mismo modo, constituye una forma de activar el consumo, y reactivar las fuentes de trabajo de instructores y guías de pesca, quienes prestan sus servicios en forma liberal en estos ambientes y bajo esas condiciones, pretendiendo evitar aglomeraciones de personas y evitar violaciones al distanciamiento social por lo cual se sugiere la habilitación de Pesca en toda la provincia teniendo en cuenta la zonificación por departamento de acuerdo a sus necesidades y características sanitarias, ya sea embarcado o desde las riberas en ambientes de los ríos, lagunas y ambientes artificiales.

Co respecto a San Rafael, como a otros departamentos que no poseen casos de COVID-19, restringiendo la misma únicamente para los habitantes con domicilio en el departamento sin casos, a fin de evitar contagios por traslados.

Se deberá tener presente en el análisis de la situación social que la habilitación de pesca tendrá como consecuencia, que siendo practicada con el debido protocolo, la actividad será de un mínimo de riesgo general e infinitamente menos riesgosa que el hacer una cola en el banco, en cualquier entidad pública o privada de pago de impuestos y/0pago de servicios (Rapi pago o pago fácil) o Comercios.

Por ello es que se propone el siguiente Programa "Por una pesca que cuide a la población", convencidos que su implementación no solo recuperará una mejora en salud psicofísica de nuestra población, sino como motor del consumo, contribuirá a la reactivación de nuestra alicaída economía provincial. Entendemos que esta debe contribuir al inicio del regreso a la nueva normalidad, debiendo ser monitoreada la actividad en forma permanente por la autoridad de aplicación, conforme situación sanitaria en el orden provincial y departamental, de modo de poder paulatinamente y a la menor brevedad posible pasar a la siguiente etapa, eliminando restricciones hasta poder lograr nuevamente el estado de normalidad previo al inicio de la pandemia.

Claramente nos encontramos en un estado de excepción, y como tal, es temporario y provisorio, regido por normas de emergencia, que deberán ir modificándose, ya sea flexibilizándose o agravándose, conforme la evolución sanitaria de la Pandemia Covid-19 tanto a nivel provincial como departamental.

En éste sentido, se solicita a Nivel provincial una resolución que autorice la Pesca y Náutica reglamentando las mismas respetando rígidos protocolos sanitarios, en éste sentido:

1-La Pesca para la temporada 2019/2020, estará sujeta a las siguientes restricciones y protocolos específicos de la actividad, teniendo en cuenta las características sociales y ambientales de los departamentos, según su situación sanitaria que se detalla a continuación:

a)No podrá utilizarse el transporte público de pasajeros debiendo en todos los casos utilizarse medios de transportes, con un máximo de (3)pasajeros por automotor, el que deberá respetar las normas de bioseguridad, utilización de cubre bocas en todo momento, llevar alcohol en gel en el habitáculo y demás exigidas por las autoridades de tránsito.

b)La actividad de pesca podrá realizarse en las riberas y/p con embarcaciones de cualquier tipo o propulsión, incluyendo flotadores individuales, kayaks, pontones o similares, con un máximo de tres pescadores por embarcación.

c) La actividad de pesca podrá ser desarrollada manteniendo la restricción por personas por terminación de DNI, y días de salida, del modo en que actualmente lo tiene previsto el Poder Ejecutivo de la Provincia.

d) No podrá bajo ninguna circunstancia realizarse una salida o excursión de pesca con más de (3) personas, siendo éste su tope.

e) No podrá realizarse reuniones, salidas o presencia de más de (3) pescadores, bajo ninguna circunstancia.

f) Deberán los pescadores tomar todos los recaudos exigidos por la autoridad provincial en cada una de las salidas de pesca en el territorio provincial:

1) Lavado de manos frecuente con agua y jabón o alcohol en gel.

2) Usar barbijo o cubre bocas mentón y nariz en todo momento.

3) Deberá portarse en todo momento la licencia de pesca vigente para la actividad para ser exhibida a la autoridad que así lo requiera para justificar la salida junto al resto de los demás requerimientos.

4) Se autoriza las salidas guiadas por instructores o guías debidamente autorizados como tales por la autoridad de aplicación, quienes en ningún momento podrán guiar a más de un cliente o pescador, debiendo ambos reunir todo y cada uno de los requisitos que se exigen en el presente.

5) La autoridad de aplicación monitoreará y controlará en forma permanente el desarrollo de la actividad, con la finalizad de poder pasar a la siguiente fase de flexibilización hasta la fase final o retorno a la normalidad o en caso quela situación general así lo requiera, volver a vedar en forma completa y en todo el departamento de la actividad de pesca.

6) siendo normas de carácter excepcional y temporario, durarán inter tanto se encuentren vigentes las restricciones provinciales, con fundamento en la emergencia sanitaria.

7) Invitase a las entidades o clubes con injerencia directa en el tema a realizar sus aportes y/o sugerencias para el control y monitoreo de la actividad.

Esperando sirva el presente de un aporte a la vuelta de la pesca como actividad multitudinaria y recreativa en todos los sectores de nuestra sociedad.

Quedando a su entera disposiciones que le saludamos muy atentamente.

Firmado por Raúl Oscar López, presidente del Club de Pescadores San Rafael.

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