El Ministerio de Trabajo comenzó a rechazar, en la homologación de acuerdos salariales entre sindicatos y empresas, el uso de índices de inflación calculados por centros de estudios no oficiales. El argumento que expone la cartera conducida por Carlos Tomada para ese rechazo es que considera que el único dato válido sobre la medición de precios, es el elaborado por el Indec.
Desde hace unos años, algunos convenios incluyen cláusulas en las que se mencionan estimaciones de fuentes privadas para la definición del nivel de recomposición de los ingresos de los trabajadores o para determinar en qué casos las partes intervinientes en la negociación se sentarían a revisar lo acordado.
La política oficial de excluir de las homologaciones esas cláusulas de los acuerdos implica una modificación del criterio aplicado hasta ahora por las mismas autoridades. La homologación es el acto formal por el cual la cartera laboral avala lo acordado por las partes de una negociación.
Tal como lo informó La Nación en varios artículos, hasta hace pocos meses la Secretaría de Trabajo, a cargo de Noemí Rial, homologaba sin objeciones los convenios que establecían alguna forma de vinculación directa entre el porcentaje de suba salarial y la evolución de un índice de precios de fuente privada.
Por lo general, esas tasas duplican y a veces prácticamente triplican las del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), cuya credibilidad se deterioró cinco años atrás, a partir de la intervención política del organismo y de las denuncias de manipulación de los datos de precios. En los últimos años, más allá de que en las negociaciones se explicite o no el uso de algún índice en particular, las alzas salariales resultantes de la negociación colectiva fueron mucho más cercanas a esos datos de inflación que a los difundidos por el Indec.