Los jueces estipularon que el uso que la empleada hizo de los medios tecnológicos de la empresa fue "indebido y abusivo", y calificó la conducta de la trabajadora como un incumplimiento grave y culpable de sus actividades laborales, que infringe las reglas de la buena fe e incurre en un abuso de confianza, lo que justifica el despido.
Fuente: Diario Panorama