10 de diciembre de 2025
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Ya rige el aumento del 35% de la tarifa del agua

Será retroactivo al 1 de noviembre. Aysam promete que realizará obras.

Por Sección Sociedad

El gobierno de Alfredo Cornejo aprobó un incremento del 35% en la tarifa del agua. Según establece en el Boletín Oficial, se aprueba un aumento en los valores tarifarios y precios de los servicios públicos de provisión de agua potable y saneamiento prestados por AYSAM.

Asimismo se establece que se aplicará a partir del 1 de noviembre, por lo que será efectivo desde esa fecha.

En septiembre ya Aysam pidió un aumento de esta índole, y su titular, Richard Battagión, explicó que desde 2014 no hay aumentos en el agua, y la inflación ha contribuido para que el mismo sea obsoleto con respecto a los valores actuales.

Asimismo, el gobernador Alfredo Cornejo no terminó autorizando un aumento en la tarifa que a venía aprobado desde la gestión de Francisco Pérez. El mismo era del orden del 30% en dos veces: 15% en febrero y el 15% restante, en julio.

De esta manera, el titular de AYSAM volvió a manifestar la falta de recursos del organismo para realizar las obras correspondientes de mantenimiento y nuevos trabajos, por lo que aguardará una respuesta positiva luego de la audiencia pública.

El decreto:

Artículo 1° - Apruébese un aumento en los valores tarifarios y precios de los servicios públicos de provisión de agua potable y saneamiento prestados por la Empresa Agua y Saneamiento Mendoza Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria AYSAM - S.A.P.E.M., en un 35% a aplicar a partir del día 01/11/2016 según se fija en el Anexo que forma parte del presente decreto.

Artículo 2° - Instrúyase al Ente Provincial del Agua y de Saneamiento, para que dé a publicidad en su página institucional de Internet lo actuado por dicho Ente para la Sustanciación de la Audiencia Pública llevada a cabo con fecha 12/10/2016, con difusión de las propuestas allí expuestas y una síntesis del Informe Final elevado a consideración del Poder Concedente mediante Resolución de Presidencia N° 081/2016.

Artículo 3° - Instrúyase al operador AYSAM -S.A.P.E.M. para que dé a publicidad su estructura de costos en su página institucional de Internet, a los fines de dar claridad y certeza en información relevante a los usuarios del servicio público. Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese

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