Los inspectores laborales y de higiene y seguridad realizan operativos habituales en toda la provincia con el objetivo de erradicar el trabajo infantil, controlar la registración de los trabajadores y garantizar buenas condiciones ambientales de trabajo.
El trabajo infantil está prohibido y es un delito penal. En Argentina, rige el artículo 148 bis del Código Penal de la Nación, que castiga con prisión de 1 a 4 años a quien utilice el trabajo de un niño o niña menor de 16 años violando las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil.
En total, fueron seis empresas relevadas. Había 105 trabajadores de los cuales nunca se presentó documentación. Se infraccionó a las firmas por no cumplir la normativa laboral y por trabajo infantil. Además, por no cumplir con las condiciones básicas de higiene y seguridad y mantener al personal trabajando en condiciones deplorables de hacinamiento y peligro por riesgo eléctrico.
En una de las empresas de Rivadavia se produjo una obstrucción, es decir que se prohibió el ingreso de los inspectores al establecimiento. De todos modos, los inspectores lograron observar graves faltas de higiene y seguridad, por lo que a pesar de la obstrucción, se los infraccionó por ambas faltas.
La problemática es compleja, ya que se encontró a varios trabajadores con su grupo familiar en estado de hacinamiento en las viviendas y con distintos tipos de riesgo y en el período de temporada estos miembros de la familia muchas veces trabajan en la empresa.