Las muertes ocasionadas por imprudencias por accidentes automovilísticos están a la orden del día en todo el país. En Buenos Aires, este lunes murió otro de los chicos atropellados por una picada en las calles de la localidad de Haedo.
Las muertes ocasionadas por imprudencias por accidentes automovilísticos están a la orden del día en todo el país. En Buenos Aires, este lunes murió otro de los chicos atropellados por una picada en las calles de la localidad de Haedo.
Sin embargo, aquí en Mendoza lamentablemente también tenemos muchos casos similares, como los de las muertes de Juan Manuel Viudez y su hija María Laura, Gustavo Castellino y Matías Fernández, entre otros. En la mayoría de los ejemplos, los conductores que ocasionaron los accidentes, manejaban alcoholizados.
En el Congreso Nacional, el diputado nacional por la Unión Cívica Radical (UCR), Luis Petri, presentó un proyecto este martes para modificar el artículo 84 de la Ley 11.179, del Código Penal de la Nación.
En la misma, propone elevar la pena a los conductores que bajo el efecto de estupefacientes o alcohol ocasionen la muerte a otro. La misma, sería una pena de prisión de cuatro años como mínimo y el máximo de diez años.
El diputado Petri fundamentó su proyecto explicando que "da una respuesta razonable y equitativa desde la ley penal, a un flagelo que como sociedad padecemos día a día, debido a la cantidad de muertes por siniestros viales con conductores que se encuentran alcoholizados o bajo los efectos de estupefacientes que ocasionan la muerte de terceras personas.
Se considera indispensable endurecer las penas cuando el hecho es producido por una persona que conduce de manera temeraria, se encuentra bajo los efectos del alcohol o de sustancias prohibidas por la ley y produzca como resultado final la muerte de una persona", agregó el legislador.
Por otro lado, añdió que la embriaguez no permite una adecuada realización de actividades de riesgo, entre ellas, la conducción. Las personas deben saber que desde la primera ingesta o desde el consumo de algún tipo de estupefaciente, se presentan efectos en el organismo que son incompatibles con la conducción de un vehículo, lo que podemos calificar como una actividad peligrosa", sostuvo Petri.
Por último, opinó que agravar la pena es asegurar que quienes terminen con la vida de inocentes puedan cumplir con dicha sanción de manera equitativa al daño provocado y quienes al momento de conducir hayan consumido alcohol o algún tipo de estupefacientes tengan prevención ante su accionar y no actúen de manera imprudente".