A favor del usuario

Conocé el fallo que obliga a indemnizar a pasajeros varados durante un paro de colectivos

La decisión de la Cámara de apelaciones obliga a la C.N.R.T a establecer mecanismos para recompensar a las personas que fueron perjudicadas en la terminal de Mendoza.

Por Sección Sociedad
La Justicia Federal realizó en las últimas horas un fallo inédito donde obliga a indemnizar a unos 580 pasajeros que quedaron varados en la terminal de Mendoza durante un paro de colectivos. El fallo fija que el Ejecutivo deberá sancionar a empresas y recompensar a los perjudicados.

El fallo en cuestión tiene que ver con un paro de colectivos de la UTA y Sipemón, desarrollado en todo el país el 30 de mayo de 2013 y que también se sintió con fuerza en la terminal de Mendoza. En él los choferes mantuvieron paralizado el transporte durante varios días y fue el Gobierno el que tuvo que hacerse cargo de los pasajeros.

Es que según pudo constatar la asociación Protectora, quien inició la causa ante la justicia provincial y luego apeló ante la federal, algunas empresas dejaron literalmente varados a los pasajeros y no se hicieron cargo de gastos como alojamiento o alimento de esas personas.

Por esto, la decisión de la Justicia es que la C.N.R.T (Comisión Nacional de Regulación del Transporte) deberá fijar los mecanismos necesarios para recompensar a los pasajeros varados (unos 580 firmaron la demanda) y también podrá multar a las empresas si lo considera necesario.

“Lo maravilloso de este fallo, es que de a poco, a través de decisiones como esta vamos paulatinamente dejando de ser un país bananero, en donde los ciudadanos, haciendo nuestro reclamo, podemos ser considerados "personas", no bultos, números, estadísticas, y un sinfín de ítems de adecuación masiva, sin consideración de respeto”, dijo José Luis Ramón, titular de protectora.

En cuanto al monto de indemnización, en el fallo se aclara que deberá tenerse en cuenta la ley 24.240 en su artículo 40bis, el cual prevé hasta 5 canastas básicas del INDEC como monto para resarcir a las víctimas. Así, dependiendo de la decisión de la C.N.R.T, la indemnización podría alcanzar hasta los $9.200 por pasajero.

A continuación podés repasar el fallo completo:

 

 

Te Puede Interesar