Acuerdo contra la inflación

Con amenazas de multas millonarias, Macri se reúne con empresarios por los precios

Por Sección Política

El presidente Mauricio Macri recibirá este lunes a representantes de firmas líderes de alimentos y bebidas que integran la nueva lista de precios congelados, ahora denominados "esenciales", en medio de cuestionamientos de estos a la nueva norma de Lealtad Comercial.

Algunos dirigentes industriales plantearon objeciones contra la nueva norma, cuya reglamentación salió por decreto en lugar de discutirse en el Congreso y prevé duplicar sanciones sobre conductas que, según el sector privado, ya están incluidas en la Ley de Defensa de la Competencia.

Macri, en horas de la mañana del lunes próximo, recibirá a empresarios del sector de los alimentos con los que se negoció la lista de más de 60 productos que ahora son parte del denominado "Precios Esenciales", negociado como un "pacto de caballeros", según explicó a NA el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.

En la nueva norma sobre Lealtad Comercial se busca "evitar abusos de posiciones dominantes o posibles conductas monopólicas de grandes empresas".

El documento otorga a la Secretaría de Comercio Interior a cargo de Ignacio Werner "mayores facultades para sancionar conductas desleales o anticompetitivas, con el objetivo de proteger a consumidores, pequeños comercios y pymes.

El decreto reglamentario recibió críticas del presidente de la UIA, Miguel Acevedo, quien advirtió que a la norma "le falta el diálogo con el sector privado, esto no se ha hecho".

Criticó, además, que la medida incluya contraposiciones con otras normas, y está regulando las relaciones comerciales entre privados sin posición dominante.

"Eso es meterse en el comercio entre privados; es de lo que menos me gusta", dijo Acevedo.
El sector empresarial también mostró preocupación porque las multas previstas son "altísimas" -llegan hasta los $ 10 millones- y "con gran poder de discreción, el producido de las multas entran al presupuesto del órgano administrativo que las aplica, por lo que los incentivos y el poder puestos en la administración son muy preocupantes".

La norma penaliza "actos de confusión" sobre el origen empresarial de la actividad; "violación de normas"; "abuso de situación de dependencia económica", o explotar la situación de dependencia económica en que pueda encontrarse una empresa cliente o proveedora.

También objeta la "obtención indebida de condiciones comerciales"; "venta por debajo del costo"; "explotación indebida de la reputación ajena"; "actos de imitación desleal y denigración" y "violación de secretos".

La iniciativa prohíbe la "publicidad engañosa", define los límites de la "comparativa" y fija los "requisitos para la identificación de productos". 

Decreto con multas millonarias

Antes de su viaje de descanso el presidente Mauricio Macri dejó firmado el decreto de necesidad y urgencia con el que se reforma la ley 22.802, de Lealtad Comercial, y se propone endurecer los controles a los supermercados, proteger a las pyme y regular la competencia en el comercio.

La normativa prevé la aplicación de multas de hasta $ 200 millones para las firmas infractoras, informan medios nacionales.

El texto del decreto consta de 77 artículos, agrupados en ocho títulos. El primero tiene que ver con la "competencia desleal". 

En el artículo 4, aclara que se aplicará la ley "en cualquier acto de competencia desleal, realizado antes, durante o después de una operación comercial o contrato, independientemente de que éste llegue a celebrarse". 

Y precisa que "la aplicación no está supeditada a la existencia de una relación de competencia entre los sujetos del acto de competencia desleal". En el artículo 8, agrega que para identificar un acto de competencia desleal "no será necesario acreditar la generación de un daño, pudiendo éste ser actual o potencial".

Entre los actos de competencia desleal, en el artículo 10 se especifica casos en los que se busca "engañar" o "confundir" respecto a la fabricación, naturaleza, origen o distribución de los productos y servicios. También se castiga la venta por debajo del precio de adquisición o fabricación, para eliminar u obstaculizar a un competidor; y a aquellas situaciones en las que se violan normas y se saca ventaja a la competencia de esa situación.

Enfocado en las pyme, el inciso D, además, habla de los casos de "Abuso de situación de dependencia económica". Se trata de aquellos en los que se busca "explotar la situación de dependencia económica en que pueda encontrarse una empresa cliente o proveedora" y se le pidan descuentos o condiciones "adicionales que no se conceden a compradores similares".

El título II apunta a combatir la publicidad engañosa y prohíbe la publicidad comparativa "que aluda explícita o implícitamente a un competidor, o a su marca, o a los productos o servicios" que ofrece.

Entre las sanciones previstas por el decreto, figuran una multa económica de hasta 10 millones de unidades móviles -hoy unos 200 millones de pesos- cuyo valor se actualiza por el Indice de Precios al Consumidor; la suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado por hasta cinco años, la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales y la clausura de hasta 30 días.

Te Puede Interesar